Se ha publicado el anuncio de las subvenciones extraordinarias para el mantenimiento del empleo y la actividad en el tercer sector
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Bases reguladoras y la convocatoria de las subvenciones extraordinarias para el mantenimiento del empleo y la actividad en los sectores del comercio, hostelería y servicios de Oñati ante la situación ocasionada por el Covid-19.
OBJETO
Ayudar a mantener el empleo y la actividad en los sectores del comercio, hostelería y servicios de Oñati, ante la situación ocasionada por el Covid-19.
ENTIDADES BENEFICIARIAS
• Personas físicas trabajadoras por cuenta propia o autónomas y en el caso de personas jurídicas, microempresas de menos de 10 trabajadores.
• Cuyas actividades hayan quedado suspendidas a consecuencia de la declaración del estado de alarma .
• Sector comercio, hostelería y servicios
REQUISITOS
• Domicilio fiscal y centro de trabajo en Oñati.
• Desarrollar la actividad económica en un local de negocio o local comercial.
• Reanudar o mantener la actividad laboral una vez finalizada la situación de alarma al menos durante 6 meses.
GASTOS SUBVENCIONABLES, CUANTÍAS Y LÍMITES
Durante el periodo de suspensión de la actividad y establecimiento cerrado:
• 300€ mes
• En base a número de personas trabajadoras:
• Un/a trabajador/a: 60€ por persona y mes.
• 2-3 trabajadores/as: 45€ por persona y mes.
• 4-5 trabajadores/as: 40€ por persona y mes.
• 6-9 trabajadores/as: 35€ por persona y mes.
• Gastos de electricidad, agua y basuras.
Límite: 2.000€ por establecimiento.
SOLICITUD
• Plazo de presentación: 31 de julio de 2020.
• Una solicitud por establecimiento.
• Documentación a presentar:
• Hoja de solicitud
• Declaración responsable.
• DNI o CIF.
• Certificado de estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
• “Informe de plantilla media de trabajadores en situación de alta” emitido por la Seguridad Social.
• Documento acreditativo de la titularidad de la cuenta corriente.
JUSTIFICACIÓN
• Plazo de presentación: 25 de septiembre de 2020.
• Documentación a presentar:
• Alta de autónomos.
• Documentación que acredite la interrupción de la actividad.
• Documentos que justifiquen la propiedad o arrendamiento del local de negocio.
• Facturas correspondientes a gastos de electricidad, agua y basuras y justificantes de pago.
• Tabla de gastos de la hoja de solicitud rellenada.
• Certificado de estar al corriente de pagos en Hacienda y Seguridad Social.
COMPATIBILIDAD
Compatibles con otras ayudas provenientes de organismos públicos o privados que tengan el mismo objetivo y/o que subvencionen los mismos conceptos, siempre que no se incurra en sobrefinanciación; de superarse dicho umbral, se reducirá en la cuantía excedida.
PROCEDIMIENTO DE RESOLUCIÓN
Resoluciones según fecha de entrada.
Ordenadamente en función del momento en que el expediente esté completo.
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